Contrato autónomo TRADE, en la provincia de Barcelona (08620)

Hola,

Actualmente soy un trabajador asalariado y me han propuesto cambiar la relación contractual a un contrato de autónomo dependiente ( TRADE). En principio sale todo el mundo ganando, la empresa paga menos y yo gano más dinero.

Necesito asesoramiento para redactar un buen contrato de relación laboral para la empresa y resolver las principales dudas:

1. Si la empresa decide terminar la relación laboral/mercantil con un autónomo dependiente. ¿Este tiene derecho a paro?
2. ¿Hay la posibilidad de redactar un contrato para que las condiciones laborales sean muy parecidas a un asalariado?

Muchas gracias

Solicita presupuesto 28/05/2015 1 Respuesta pública Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Autonómos, Contrato laboral, Acciones legales
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Respuestas a la consulta: Contrato autónomo TRADE

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Respuesta #1
Respuesta del despacho AE GESTIO COMPTABLE SL
CL SANT EDUARD Nº31 - 08290 CERDANYOLA DEL VALLES (Barcelona)
XAVIER ESNAL COSP
viernes 29/05/2015 a las 16:23
Buenas tardes,
Si estás decidido a hacer el cambio o bien no tienes elección dado que la empresa lo impone, adelante. Pero tienes que tener en cuenta que este cambio te supondrá perder todas las ventajas que tienen los empleados asalariados.
Es decir, dejarás de cotizar por desempleo y dejarás de mantener una antigüedad en la empresa.
Por otro lado, además tienes que valorar que aunque te propongan una oferta económica superior, pasarás a tener más gastos de los que tenías anteriormente, es decir, tendrás que pagar unos autónomos, tendrás que hacerte cargo de los gastos de la actividad, pasarás a tener un coste de gestoría para que te elaboren los impuestos y pasarás a tributar de manera totalmente diferente a como lo hacer actualmente.
De esta manera si la decisión del cambio depende de ti, valorarlo bien antes de llevarlo a cabo, sino tienes elección pues adelante.
En cuanto a tus consultas, te informo que en caso de finalizar el contrato TRADE no tendrás derecho a paro, los autónomos no tienen paro a no ser que voluntariamente lo paguen, pero el Paro para autónomos en un poco estafa, tienes que pagar cada mes un 2,2% de más de coste (parece poca cosa) pero luego el paro también es poca cosa:
1- Año pagas y no generas paro, es un año de carencia.
2- A partir del segundo año generas 2 meses de paro por cada año que cotices como autónomo hasta llegar a generar un máximo de paro de un año, después de haber estado cotizando 7 años.
3- Te paga la Mutua que elijas no el INEM.
4- Solo te lo pagan si te has visto obligado a cerrar por cuestiones económicas.
5- Ponen muchas pegas para concederlo, hasta hace poco se denegaban 7 de cada 10 solicitudes.
Respecto al contrato TRADE, es un contrato no laboral sino Mercantil, que regulara las condiciones entre vosotros. Por lo tanto se puede redactar y acordar todo lo que queráis, siempre y cuanto las dos parte lo acepten. Piensa que si no se pacta nada no tendrías indemnización al finalizar la relación así que es importante acordar estas cosas y negociarlo bien si quieres estar cubiertos.
Si necesitas nuestros servicios o una gestoría en el futuro puedes ponerte en contacto con nosotros, gestionamos tanto la parte laboral como fiscal y podemos llevar tu gestión de la actividad. Somos AE GESTIO COMPTABLE, SL., estamos en Cerdanyola del Valles y puedes localizarnos al teléfono: 936929318 o bien al mail laboral@aegestio.com
Encantado de atenderte.
Xavi Esnal.

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