¿Como me aseguro que se cancela el embargo administrativo?, en la provincia de Madrid (28003)
Hola, mi nombre es Antonio.
Me he adjudicado un inmueble procedente de una empresa en concurso de acreedores, ya con el plan de liquidacion aprobado, que entre el concurso y el plan tuvo una anotacion de embargo administrativo de la TGSS.
He pedido hipoteca para hacer frente al importe de la adjudicacion, pero el banco me pide que cancele primero el embargo administrativo, lo cual no se puede hacer mientras no tenga esritura de compra-venta a mi nombre, para lo cual necesito hacer previamente la escritura de hipoteca. Mi consulta es, ¿hay algun documento que pueda acreditar que el embargo se cancelara en el momento de las escrituras hipotecaria y de compra-venta? En caso negativo, ¿Como se puede comprobar que esa cancelacion sucederá? Consultando el banco directamente al Administrador Concursal o al juzgado de lo mercantil que lleva el concurso? Muchas gracias de antemano.