ALBERTO AGUILERA
jueves 3/04/2014 a las 14:24
Buenos días.
Efectivamente se trata de un tema complejo y de no estar bien asesorados puede conllevar un grave perjuicio para vosotros, como por ejemplo que alguien aceptar una indemnización de 8 días por año trabajado, supongo que alegando por parte de la empresa una presunta finalización de contrato, cuando para más "inri" durante el año 2014 el mínimo fijado para las indemnizaciones por fin de contrato sería de 10 días por año.
Os recomiendamos que contacteis cuanto antes con un buen abogado laboralista, y si optais por elegirnos podeis escribirnos a nuestro correo electrónico o llamarnos al 916144109.
Un saludo,
Alberto Aguilera