Angela Diaz Castillo

Especialista en:

¿Quieres contactar de forma privada con Angela Diaz Castillo para realizar una consulta, solicitar un presupuesto o pedir cita previa?

Últimas respuestas de Angela Diaz Castillo

Publicada el 25/04/2015 en la provincia de Cantabria sobre Derecho Civil
Buenas tardes ,me encuentro en situación de custodia compartida provisional con una niña de tres años.Su padre se ha quedado a vivir en la vivienda familiar y yo estoy en...
Respuesta en iasesorate.com de Angela Diaz Castillo
Angela Diaz Castillo
martes 28/04/2015 a las 11:32
Buenos días:

Para que se establezca una custodia compartida es necesario que se cumplan las condiciones necesarias para que se pueda llevar a cabo, y en principio, si usted estableciera su residencia fuera de Cantabria, sería ilógico que le concedieran esta posibilidad. Lo normal es que le denegarán su solicitud de custodia compartida.

Seria conveniente que pudiese concertar una cita en nuestro despacho para poder valorar las circunstancias del caso.

Los teléfonos a los que puede llamar para concertar una cita o informarse de precios de consulta y demás información que usted necesite, son:

942 760670
658279186

Nos encontramos en la Calle Alta, 133, bajo, Local 4, en Santander (en el Centro de Iniciativas Empresariales del Mercado de México).

Reciba un cordial saludo.
Atentamente,

ANGELA DIAZ
Publicada el 28/01/2015 en la provincia de Cantabria sobre Derecho Laboral
trabajo media jornada y la empresa quiere que elija mis vacaciones en el turno que me corresponda, pero teniéndome que poner de acuerdo con otra persona de media jornada, es...
Respuesta en iasesorate.com de Angela Diaz Castillo
Angela Diaz Castillo
miércoles 28/01/2015 a las 20:03

Buenas tardes:

En el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores se afirma que el periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual, pero en ningún caso será inferior a 30 días, aunque trabajes a media jornada.

Es decir, tu convenio o tu contrato podrá contemplar más días de vacaciones, pero nunca menos.

Los periodos de disfrute de tus vacaciones deberás fijarlos con la empresa, y para ello hay que tener en cuenta lo que establece tu convenio colectivo respecto a la planificación anual de las vacaciones. Es decir, a la hora de evaluar un calendario anual de vacaciones hay que tener en cuenta tanto los derechos de los empleados como los intereses de la propia empresa.

La fecha de disfrute de tu periodo de descanso te debe ser comunicada al menos con dos meses de antelación, a menos que tu convenio colectivo establezca un plazo todavía superior.

En el caso que nos planteas, y según la normativa, como te he comentado, hay que tener en cuenta tanto los derechos de los empleados como los intereses de la propia empresa, y por tanto, se tiene que llegar a un acuerdo entre el trabajador y la empresa (siempre respetando lo estipulado a este respecto en el convenio o contrato).

En caso de desacuerdo entre las partes, se debe interponer una demanda ante el Juzgado Social, que fijará las vacaciones ante la falta de acuerdo. Estos juicios son los que se señalan con más rapidez.

Si lo deseas, puedes concertar una cita con uno de nuestros abogados a través de los teléfonos siguientes:

942 760670
658279186

Nos encontramos en la Calle Alta, 133, bajo, L4, en los locales del Mercado de México, en el Centro de Iniciativas Empresariales del Mercado de México, en Santander.

En los teléfonos de información , podrá concertar una cita o recibir información sobre el coste de la misma y otras cuestiones que le interesen.

Reciba un cordial saludo.

Atentamente,

ANGELA DIAZ
Publicada el 20/11/2014 en la provincia de Girona sobre Derecho Laboral
Me han echado del trabajo y quisiera montar una S.L. con otra persona que también está en el paro. És posible que nos adelanten a los 2 el importe del...
Respuesta en iasesorate.com de Angela Diaz Castillo
Angela Diaz Castillo
martes 25/11/2014 a las 19:41
Buenas tardes.

Para poder cobrar en un pago único el importe íntegro del paro, será necesario que como mínimo les queden, a usted y a su compañero, tres mensualidades de recibir, es decir, que por lo menos le queden tres meses de paro.

Si es su caso, en principio no tiene por qué haber inconveniente en que ambos capitalicen el paro.

Podrá recibir más información sobre el resto de los requisitos acudiendo a la Oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora correspondiente.


Reciba un cordial saludo
Publicada el 24/11/2014 en la provincia de Madrid sobre Derecho Penal
buenos días,perdi hace días el nie de mi esposa,ella es venezolana,esta tarde iremos a firmar la denuncia,para sacarse el duplicado del nie necesita el pasaporte,el pasaporte se le caduco en...
Respuesta en iasesorate.com de Angela Diaz Castillo
Angela Diaz Castillo
martes 25/11/2014 a las 18:40
Buenas tardes.

Para poder solicitar el duplicado de su TIE (Tarjeta de identificación de extranjero), es obligatorio que presenten, junto con la solicitud, la denuncia y el pasaporte.

No es posible solicitar este duplicado sin presentar su pasaporte en vigor, pues el pasaporte es el documento que identificará a su esposa.

Por lo cual, será necesario que, antes de iniciar este trámite, renueve su pasaporte ante el Consulado de Venezuela en España.

Reciba un cordial saludo