Usurpación de personalidad, en la provincia de Pontevedra (36600)
Buenas tardes.
Tengo un título habilitante para realizar transmisiones de Aficionado en las bandas atribuidas para este servicio.
La licencia me identifica con una serie alfanumérica y tiene carácter personal e intransferible y está otorgada y expedida por al Secretaría de Estado para las Telecomunicaciones y la Sociedad de la Información, tras aprobar unas pruebas de examen.
Me gustaría saber;
Si en caso de que mi propio distintivo fuese utilizado por una persona distinta a mí, en las bandas de Aficionado y en las redes sociales se entendería como delito de usurpación de la personalidad.
Además si el citado individuo utilizase mi distintivo para dañar mi honor... si cabe una denuncia por injurias basándome en la supuesta usurpación de mi identidad.
Muchas gracias.
Fuente: Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados.
TÍTULO II Autorización del uso del espectro radioeléctrico por radioaficionados
CAPÍTULO I Normas generales
Artículo 5. Autorización administrativa de uso del espectro radioeléctrico.
"4. La autorización de radioaficionado tendrá carácter personal y no transferible"