Tratamiento psicológico y jubilación, en la provincia de Barcelona (08004)
Me acaban de jubilar en clases pasivas por incapacidad permanente para mi profesión (por depresión) y he recurrido para que me den la incapacidad absoluta.
El caso es que el informe que me hizo el psicólogo pone que he interrumpido muchas veces el tratamiento y que ya no iba a consulta, lo cual es cierto.
¿Creen que por eso me pueden quitar la pensión de considerarse como abandono del tratamiento?
Espero su respuesta.
Gracias.