TRATAMIENTO FISCAL REPATRIACION DINERO, en la provincia de Barcelona (08300)
TENGO UN HIJO QUE EN 2010 FUE A ESTUDIAR UN DOCTORADO A CANADA CON UNA BECA DE LA CAIXA PARA LOS PRIMEROS DOS ANOS. CUANDO ESTUVO INSTALADO Y CON UNA CUENTA ABIERTA ESE MISMO ANO LE ENVIE 30.000 EUROS PARA QUE PUDIESE FINALIZAR SUS ESTUDIOS.
COMO NO TENIA SUFICIENTE EN 2012 LE ENVIE 50.000 EUROS MAS TODO ELLO PARA SUFRAGAR SUS GASTOS DE ESTUDIO.
POSTERIORMENTE CONSIGUIO EN EE.UU. QUE LE CONCEDIESEN UNA BECA PARA FINALIZAR SU DOCTORADO MOTIVO POR EL QUE NO HA UTILIZADO EL DINERO QUE LE REMITI QUE AL CAMBIO DE AQUEL MOMENTO ERAN SOBRE LOS 100.000 DOLARES U.S.A. EN TOTAL.
EL PROXIMO ANO 2017 TIENE POSIBILIDADES DE TRABAJAR EN SUIZA POR LO QUE, SEGUN HE VISTO EN SU LEGISLACION SOBRE ENTRADAS DE DINERO, SOLICITAN LO MISMO QUE EN ESPANA PARA JUSTIFICAR LA PROCEDENCIA DE DICHO DINERO.
QUE DEBEMOS HACER PARA QUE EL IMPORTE MENCIONADO SE PUEDA REPATRIAR SIN QUE EXISTA NINGUN PROBLEMA FISCAL POSTERIORMENTE?
DEBO HACER ALGUNA DECLARACION EN HACIENDA COMO SI SE TRATASE DE UNA DONACION YA QUE EL DINERO QUE LE ENVIE A MI HIJO SE LO VA A QUEDAR EL?
EXISTE ALGUNA OTRA FORMA LEGAL DE REALIZAR EL TRASPASO DE DINERO DE EE.UU. A ESPANA O SUIZA POR PARTE DE MI HIJO?