Tiempo bocadillo en jornada partida, en la provincia de Valladolid (47010)
Trabajo 8 horas en jornada partida, de 4 horas de mañana y 4 de tarde.
Mi empresa dice que para calcular la jornada anual que hago, solo contabilizan 7 horas 40 minutos, ya que dicen que tengo un descanso diario de 20 minutos, que no computa como tiempo trabajado.
El caso es que yo no disfruto de dicho descanso, pues trabajo en una oficina y no puedo ausentarme de ahí, ni para tomar un café. Además al no trabajar 6 horas seguidas no tendría derecho a ningún descanso.
Al realizar el cómputo anual con 7 horas 40 minutos me salen a deber días, cuando en realidad los días me los deben ellos mí, porque excedo las que marca mi convenio de industria química.
¿Qué puedo hacer?¿Es legal lo que dicen?