TENGO UNA PENSION POR IPT DESDE DICIEMBRE 2011, en la provincia de Córdoba (14006)
EL GRADO DE LA INCAPACIDAD FUE TOTAL PARA LA PROFESION HABITUAL. LA NORMATIVA APLICADA FUE LGSSA PROBADA POR R.D. LEG.1/1994. LA BASE REGULADORA QUE TENIA EN ESE MOMENTO FUE DE 2.693,89 Y EL PORCENTAJE DE LA PENSION 75% NUMERO DE PAGAS 14 Y TIPO DE RETENCION 16% CON FECHA DE REVISION 7-12-2012, ME HA QUEDADO UNA PENSION DE 1.714 EUROS.PEDI AL AÑO UNA REVISION POR AGRAVACION DE LA ENFERMEDAD Y NO ME FUE CONCEDIDA. DENUNCIE Y PERDI EL JUICIO. YA NO ME HAN VUELTO A LLAMAR MAS
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE: TENGO COTIZADOS 42 AÑOS Y BASE REGULADORA COMO YA HE COMENTADO DE 2.693,89 A OCTUBRE DEL AÑO 2011 EL 100X100. MI FECHA DE NACIMIENTO ES 27-02-55 ES DECIR VOY A CUMPLIR 60 AÑOS EL PROXIMO MES.
MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE. CUANDO CUMPLA LOS 65 AÑOS ME QUEDA LA MISMA CANTIDAD QUE PERCIBO AHORA 1.714 EUROS ?
Tendrá retención por IRPF ?
Me quedara el 100 x 100 de la base reguladora?
Muchas gracias, espero su respuesta.