Carlos Carrasco Martin
viernes 7/11/2014 a las 11:35
Buenos días,
Referente a su caso, comentarle que, según la información que nos plantea, podemos deducir que nos encontramos ante una nulidad contractual por vicio del consentimiento, puesto que los pactos, cláusulas o condiciones contenidas en el contrato inicialmente fueron posteriormente modificadas, o incluyendo nuevas unilateralmente por parte de la empresa y que, de conocer estas, su voluntad de contratar y su consentimiento podría haber sido otro, ya que afectan al objeto principal del contrato, como es la variación de los productos y el beneficio económico que la empresa recibe.
Tenga en cuenta que la declaración de nulidad de un contrato únicamente puede declararla un juez y por ello para poder darle una solución adecuada le proponemos que nos facilite toda la información del contrato.
Puedes recurrir a nosotros para resolver cualquier problema o duda que te surja con respecto a éste tema. Contacta con Satisfacción Legal en el teléfono 96 369 52 50 o visítenos en la web www.satisfaccionlegal.es .Recuerda que la primera consulta es gratuita.