Renta, en la provincia de Alicante (03008)

he hecho la renta y me ha salido a pagar 1800 euros pero no estoy conforme con ello, me ha salido eso porque tengo una pension de 719 euros y he cobrado por una baja laboral por la que no me han retenido nada y en hacienda me han dado el borrador que he confirmado por las prisas sin darme cuenta de nada, y ahora pienso que me podia haber desgrabado mi seguro de asisa que son 1000 euros y la ortodoncia de mi hija que son 2700 euros, y el seguro de vida que son 700 euros, querria saber si se puede desgrabar estos gastos y si se puede modificar la renta despues de tenerla confirmada, muchas gracias

28/05/2014 1 Respuesta pública Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Fiscal Declaración de la renta, Desgravación
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Respuestas a la consulta: renta

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Respuesta #1
Respuesta del despacho BLAU ABOGADOS / SOLICITORS
Paseo de la Libertad nº2-2E - 03180 Torrevieja (Alicante)
Carmen Conejero Gómez
miércoles 28/05/2014 a las 13:46
Buenos días,

En principio usted no puede deducirse esos gastos.

1. Los seguros de salud solo son deducibles para los contribuyentes que tienen actividades económicas.
2. Los seguros de vida son deducibles cuando se cumplen determinadas condicones en el rescate.
3. La ortodoncia no es deducible, los gastos de los hijos se entienden comprendidos dentro del minimo personal y familar.

Todo esto con caracter general. No obstante, es posible que su Comunidad Autónoma haya aporbado alguna deducción que se ajuste a usted. Tiene que revisar las reducciones de su comunidad y ver si alguna le es aplicable. Si quiere verlas, en la Página de la AEAT pinchando en manuales prácticos, se descarga el de IRPF 2013, busca su Comunidad Autónoma y le saldrán todas las deducciones aplciables y sus requisitos.

Finalmente, en relación a la pregunta sobre la posibilidad de modificar la renta, usted puede modificarla sin recargos ni sanciones siempre que esté dentro del plazo de presentación, no obstante tenga en cuenta que:

- Si como consecuencia de la modificación sale más cantidad a pagar a hacienda deberá hacerlo mediante una declaración complementaria. Solo tiene que ticar la casilla declaración complementaria, introducir la referencia de la anterior y volver a hacer la renta con los nuevos datos.

- Si como consecuencia de la modificación sale menos cantidad a ingresar en Hacienda, la vía para modificar la declaración presentada es la "rectificativa", es decir, presentando un escrito indicando las modificaciones.

Espero que nuestros comentarios le sirvan de ayuda.

Saludos
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