Relación indefinida, en la provincia de A Coruña (15002)
Hola.
Mi consulta es la siguiente:
Después de estar trabajando para una Administración casi ocho años, en base a varias asistencias técnicas distintas, adjudicadas mediante procedimiento negociado, esta Administración llega a la conclusión de que ya no puede seguir utilizando este sistema conmigo, y me ofrece como única posibilidad que busque alguien que pueda presentar una oferta de un contrato menor (máximo 18.000 + IVA), y que esa persona me subcontrate a mi. Transcurren tres meses sin que yo trabaje, a la espera de que se concrete ese contrato menor. Busco a alguien de confianza, que sin ninguna contrapartida, me hace ese favor. Esta persona cobra de la Administración y yo le facturo a esta persona. Y después de esos tres meses de parón, me reintegro al trabajo.
Entonces decido acometer la reclamación y demanda de relación contractual indefinida con la administración, pero el abogado al que consulto me indica que esta demanda, necesariamente, debe ir acompañada de otra contra esta tercera persona a la cual facturo ahora. Me dicen que, lo más probable, es que a esta persona no le pase nada, pero que debe realizarse de este modo para tener el sustento legal necesario. Me gustaría saber si esto es así y, en caso de ser imprescindible actuar de este modo, qué consecuencias podría tener para esta tercera persona la demanda.
Gracias.