Reconocimiento de la antigüedad, en la provincia de Madrid (28031)
En 2007 fui contratado por un call Center en un departamento técnico, el 26/12/2011 nos informa que el departamento finaliza en mi ciudad el 31/12/2011 y el 03/01/2012 nos vuelven a contratar en la misma empresa pero para otro departamento, hasta la actualidad, ambos contratos son de obra o servicio.
Mi pregunta es si nos tendrían que reconocer la antigüedad desde el 2007, aunque la finalización se la obra este bien indicara en el primer contrato. En caso afirmativo, si se dispone de jurisprudencia o sentencias similares.