Que puedo hacer si mi empresa cambia de nombre, en la provincia de Madrid (28041)

Hola.Trabajo en un taller de chapa y pintura en la cual son dos socios,uno de ellos se jubila y van ha hacer un contrato de alquiler con derecho a compra a ejecutar en dos años.Mi relacion con el que se va ha quedar no es buena y segun tengo entendido quiere hacer un cambio de nombre de la empresa en la cual no contaria conmigo.Llevo 19 años en la empresa y mi consulta es en que situacion quedaria yo si esto se llevara a cabo.Si me tendria que indemnizar al dar de baja mi empresa para abrirla. con otro nombre.Gracias

24/03/2015 4 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Indemnización, Cambio de Nombre, Empresa
Realiza tu consulta online de forma gratuita y recibe respuestas solo de gestorías, asesorias y despachos profesionales

Respuestas a la consulta: que puedo hacer si mi empresa cambia de nombre

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "que puedo hacer si mi empresa cambia de nombre".
Respuesta #1
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Sergio Padros Gomez
martes 24/03/2015 a las 23:11
Buenas noches.
Si se trata de una sociedad, el hecho de que se jubile uno de los socios no tiene porque influir en su contrato de trabajo, y si lo que ocurre es que disuelven la sociedad, siempre tendrán que indemnizarle.
No obstante si el socio que continúa con otro nombre, se va a dedicar a la misma actividad, se podría considerar como una sucesión de empresa, por lo que se podría reclame su puesto de trabajo, o un despido improcedente.
Si desea cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho, en el teléfono 915343572, y será atendido en el despacho, si lo desea
Un cordial saludo
Respuesta #2
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
miércoles 25/03/2015 a las 08:56
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
Respuesta #3
Respuesta del despacho Gordillo-Rubio, Almunia y Cavero Abogados
Calle Velázquez, 15, 2º Dcha. - 28001 Madrid (Madrid)
Ignacio Gordillo
miércoles 25/03/2015 a las 11:07
Buenos días,
Somos especialistas en Derecho Laboral. Le animamos a tener una reunión en nuestras oficinas sin coste ni compromiso para asesorarle al respecto. Nuestro teléfono es el 917377377.
Muchas gracias.
Un cordial saludo,
Ignacio.
Respuesta #4
Respuesta del despacho Abogados Ortega y Gasset
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha - 28006 Madrid (Madrid)
Cristina Amor Barrado
miércoles 25/03/2015 a las 13:00
Buenos días, Que uno de los socios se jubile no implica que haya un cambio en la empresa. Al igual ocurre con el cambio de nombre de la empresa eso no implica un cambio en el resto sino únicamente comercial, y en caso de hacer un cambio tendrían que subrogarle o si le despide le tendría que dar una indemnización de 20 días por año. En caso de despedirle de forma que no sea la objetiva habría que estudiar el caso para ver si es improcedente.

Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podría concertar una cita en mi despacho, para así, tratar su asunto con detenimiento.

Le remito mis datos:
Cristina Amor Barrado.
Tel: 634742711.
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha.
Mi horario es de 9.00 a 19.00 horas.

Un saludo, Cristina
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
Responder consulta

Otras consultas parecidas a "que puedo hacer si mi empresa cambia de nombre"

Estas son las últimas consultas publicadas en iasesorate.com relacionadas con "que puedo hacer si mi empresa cambia de nombre", que pertenece al área legal de Derecho Laboral.

BASES DE COTIZACION en la provincia de Sevilla (41015)

ME JUBILE A LOS 65 AÑOS(SEPTIEMBRE 2021) CON 43 AÑOS COTIZADOS Y AL REPASAR MIS COTIZACIONES ENCUENTRO AÑO 1980: 5... ver más

11/03/2024 Comparte en:
Días por un cateterismo a mi madre en la provincia de Burgos (09007)

A mi madre la van a hacer un cateterismo y va a precisar reposo domiciliario, ¿me corresponde algún día de... ver más

1/03/2024 Comparte en:
Periodos "sin base registrada" en la provincia de Almería (04288)

He descargado de la página de la TGSS los informes de bases de cotización en las diferentes empresas en las... ver más

5/11/2023 Comparte en:
Mi ex jefe no me ha pagado la última nómina en la provincia de Girona (17600)

Hace un mes que ya no trabajo con una persona, el contrato se acabo pues quería cambiar las condiciones a... ver más

13/06/2023 Comparte en:
2 meses sin cobrar en la provincia de Madrid (28032)

Trabajo en una empresa desde el 2019 por contrato y desde 2016 por nómina, en calidad de operario de atención... ver más

8/05/2023 Comparte en: