Problema laboral, en la provincia de Madrid (28045)

Buenas tardes. Llevo 20 años trabajando en la misma empresa.Desde hace unos años mi jefe me hace la vida imposible con desprecios, insultos y el martes pasado me dio un ataque de ansiedad y me cogí una baja con la que estoy en el momento actual. Hablando con mi jefe por teléfono me ha dicho que ya ha cogido a una persona para ocupar mi puesto de trabajo y que si quiero volver a trabajar sería con una reducción de jornada y sueldo y realizando otro tipo de trabajo mucho mas inferior al que yo estaba realizando durante estos 20 años. Estoy bastante desesperada porque no puedo perder el trabajo y no se como puedo actuar y si tiene derecho por estar de baja (la primera que he cogido mientras he estado trabajado ahi) de reemplazarme de mi puesto de trabajo y darme uno inferior. Muchas gracias.

Solicita presupuesto 19/09/2015 5 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Reducción jornada, Contrato laboral, Acciones legales, Contrato Fijo
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Respuestas a la consulta: problema laboral

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "problema laboral".
Respuesta #1
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
sábado 19/09/2015 a las 16:28
Buenas tardes. Tiene derecho a conservar su puesto en las mismas condiciones. Si lo desea podemos asesorarle en este caso. Si nos llama podemos comentar con mayor detalle su caso y ofrecerle un presupuesto sin compromiso.
Un saludo. Manuel Larrotcha www.ldcabogados.com
911517113.
Respuesta #2
Respuesta de patricia pujol
28045 Madrid (Madrid)
patricia pujol leiva
sábado 19/09/2015 a las 17:27
Buenas tardes, para poderle dar iun buen asesoramiento le emplazo a una cita en el despacho y poder examinar su caso con detalle. Un saludo Patricia telef. 914671557. Estamos en madrid en calle canarias 28045 madrid
Respuesta #3
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
martes 22/09/2015 a las 10:57
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
Respuesta #4
Respuesta de José Manuel Piñero Fernández
C/.Prim, 20 - 41410 Carmona (Sevilla)
José Manuel Piñero Fernández
miércoles 23/09/2015 a las 12:44
Buenas tardes. Para poder asesorarle haría falta más información de la que proporciona. No obstante, una de las líneas a estudiar sería la existencia de un posible mobbing que su jefe pudiera estar haciendo contra usted, aunque si bien este tipo acciones son difíciles de demostrar.
En cuanto a que su reincorporación a su puesto de trabajo debe realizarse en las mismas condiciones que tenía, estoy de acuerdo con lo que le han informado hasta ahora. Cualquier cambio relativo a la jornada de trabajo, sueldo o tareas y funciones desempeñadas deben ser, en principio, consensuadas entre el trabajador y la empresa al tratarse de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Para que la modificación sustancial de las condiciones de trabajo sea declarada unilateralmente por la empresa, debe realizarse siguiendo un procedimiento determinado y sólo tendría validez si su causa lo fuera por probadas razones técnicas, organizativas o de producción, lo que salvo mayor información al respecto, por lo que dice no parece el caso —en la medida en que usted está siendo sustituido por otro trabajador—. Pero en caso de que así fuese, usted tendría derecho a rescindir válidamente su contrato de trabajo con una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un máximo de nueve meses (art. 41 Estatuto Trabajadores).

De no haber causa justificada en los términos en los que le acabo de comentar, y tratándose de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo unilateralmente adoptada por la empresa, estaríamos ante un incumplimiento contractual del empresario con las mismas consecuencias que el despido improcedente: podría usted rescindir el contrato de trabajo y acceder a las prestaciones por desempleo, percibiendo además una indemnización consistente en 45 días de salario por año trabajado desde el inicio de su relación laboral hasta el día 12 de febrero de 2012 y de 33 días por año trabajado desde esa fecha hasta el día de su despido, con un máximo de 720 días de salario, lo que, teniendo en cuenta que lleva en la empresa 20 años, parece que la cantidad a desembolsar por la misma con su despido improcedente es lo suficientemente importante como para decidir unilateralmente cambiar sus condiciones de trabajo sin causa o pretendida causa que lo justifique.

Lo dicho salvo mejor criterio fundado en Derecho.
Respuesta #5
Respuesta del despacho Bernal Abogados
Avenida del Manzanares, 14 - 28011 Madrid (Madrid)
Felix Bernal
miércoles 30/09/2015 a las 16:00
Primero pedirle disculpas por el retraso, esta plataforma a veces no funciona como debe y el mensaje me ha entrado hoy

Lamentandolo mucho, este asunto requiere una consulta presencial para examinar la documentacion de la que usted debe de disponer (contrato de trabajo, prorrogas, nominas, documentación de IT, etc.) Y a partir de ahí valor tanto una acción ante la jurisdiccion social (laboral) como una posible accion penal por un posible delito contra los trabajadores por la situacion de instultos, etc..

Una vez examinado todo eso, será cuando pueda ofrecerle tanto una via de actuación como un presupuesto adecuado .

En principio la consulta en el despacho tiene un coste de 120 euros (sin limite de tiempo ni de documentación a examinar), los cuales en caso de encargarnos el asunto le seran descontados.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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