Prescripción apropiacion indebida, en la provincia de Madrid (28020)
Buenos días, quería preguntar sobre el delito continuado de apropiación indebida lo siguiente, Si una persona se apropia en varias ocasiones de un capital en el año 2014 entiendo que ha prescrito con arreglo al Codigo penal 2010 siendo el dinero de 10.000 euros en las dos ocasiones, en agosrto del 2015 se apropia de 500 euros, ya en vigor el código del 2015.
Mis preguntas son:
a) Si se puede considerar delito continuado junto al de agosto del 2015 dado que los delitos anteriores al 2015 han prescrito y tienen la apropiación mas grave (10000)
b) Si el delito de agosto del 2015 ha prescrito (500 euros) de una cuenta de un fallecido de la que era co titular indistinto.
Muchas gracias.