Preaviso 15 días trabajo, en la provincia de Toledo (45006)
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, a día de hoy he dicho en mi trabajo que me marchaba ya que me han llamado de otro sitio y no puedo dar preaviso, me han dicho que al haber cobrado ya la nómina, debía devolver lo correspondiente a 15 días, esto hace unos 576 euros, pero en mi convenio (convenio consultoría) indica que si no se preavisa, se penaliza de la siguiente forma
:Artículo 32. Dimisión de la persona trabajadora.
1. En caso de dimisión de la persona trabajadora de su puesto de trabajo en la
empresa, habrá de avisar por escrito a la Dirección de la misma, con un mínimo de quince
días laborables de antelación, computados estos según el calendario laboral del Centro de
Trabajo donde preste sus servicios el dimisionario. Si no se realizase este preaviso,
perderá la persona interesada la parte proporcional de la paga extraordinaria de Julio o
Navidad que estuviese devengada, como resarcimiento de los daños y perjuicios que tal
omisión de plazo ocasione a la empresa. Lo establecido en el párrafo precedente se
entiende sin perjuicio de la indemnización prevista en los supuestos que contempla el
artículo 21 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Finalmente me dijeron que lo iban a mirar mejor, ¿entiendo que no debo devolver esa cantidad tan alta?
Muchas gracias