Negativa Administrador de fincas art. 7.2 LPH, en la provincia de Valencia (46022)
Saludos.
A causa de las molestias que me produce un inquilino que reside en el piso de arriba, y habiendo agotado todas las vías del diálogo, he solicitado al presidente de la comunidad que contacte con el Administrador de la finca para que requiera el cese de actividades molestas, a través de burofax como indica el artículo 7.2 de la LPH.
Dicho administrador se niega a hacerlo a pesar de que el artículo 20 de la LPH le obliga a ello como parte de sus funciones.
¿qué puedo hacer?¿la única opción es reclamar al colegio de administradores de mi ciudad?
Gracias.