Medida cuatelar en contencioso administrativo, en la provincia de Barcelona (08860)
Tengo presentado desde primeros de este año 2015 un recurso de responsabilidad patrimonial, admitido a tramite en el ministerio de trabajo y seguridad social. Es por los daños causados por la Tesoreria contra mi persona responsabilizandome solidariamente del impago de cuotas de una empresa de la que era administrador. Pero en ningún momento aplicaron nsu propio reglamente tecnico en vigor, ni la ley actual al respecto y me aplican la anterior de sociedades relativas al concurso voluntario. Tanto en la direccion de bcn como la direccion de madrid.
Agotados todos los recursos administrativos y la primera via judicial contenciosa, en a que la juez ni se leyo mis alegaciones ( algo comun en algunos casos) pero como la cuantia por cuota impagada no llega al minimo no pude proseguir mi apelacion al tribunal superior de justicia de cataluña. Asi que solo me quedaba el recurso de responsabilidad patrimonial y/o la via penal por prevaricación.
Bien, en este momento me encuentro a la espera de la resolucion, pero ya me dijeron en secretaría del ministerio de madrid que el tema va para largo debido a la cantidad de expedientes, y que si queria recurrir a la via juducial por haber sobrepasado los 6 meses, que estaba en miderecho de hacerlo, aunque el procedimiento proseguia hasta su resolución.
Bien, el motivo de escribirles es, por si puedo solicitar una medida cautelar mientras dure el proceso, ya que cada mes una parte de mi pensión esta embargada ( soy pensionista) ya imagino que iniciar un proceso contencioso sera dificil mientras no finalice el procedimiento administrativo en curso. Pero de momento me vale con la medida cautelar, el paro de los embargos y la devolución de lo embargado.
No dispongo de medios sobrados, no me conceden la asistencia de justicia gratuita a pesar de ser mi estado legal de divorciado, conviviendo, cosas de intereses segun convenga. para la justicia gratuita si eres unidad familiar, para hacienda no y para la S.social tampoco. Cada organizacion se aplica la ley segun convenga.
Concretando, presentar una causa, pero solo solicitando de momento medida cautelar, se puede hacer? Que coste tendria?
Gracias por su atencion y espero su respuesta.
Un cordial saludo.