Me pertenece cobrar el 100% en un accidente de trabajo ?, en la provincia de Barcelona (08005)
EL 15 DE ABRIL tuve un accidente laboral "in itinere", la mutua de la empresa EGARSAT (onde hago la rehabilitacion) se hace cargo del 75% de mi nomina, pero quisiera saber si la empresa me tiene que pagar el resto hasta el 100%, ya que en el art. 45 del convenio "Oficinas y Despachos" dice lo siguiente: "Art. 45. Prestaciones complementarias por enfermedad o accidente.- La empresa deberá abonar prestaciones complementarias por incapacidad temporal en los siguientes supuestos y períodos: 3. En caso de enfermedad laboral o accidente de trabajo: a partir del hecho causante y hasta la fecha que conste en el parte oficial de alta. La cuantía a complementar en los mencionados supuestos equivaldrá a la diferencia que pueda existir entre la prestación económica asignada al efecto por el vigente sistema de Seguridad Social respecto esta contingencia y el cien por cien del salario real del trabajador, sin que en ningún caso pueda exceder del máximo de cotización legalmente establecido".
Me gustaria saber si esta articulo confirma que me tienen que pagar el 100%.Muchas gracias.
Independientemente de esto y a titulo informativo, la empresa todavia no me han pagado el mes de Mayo, ni Junio, ni la paga extra.
Muchas gracias