Jura de cuentas conclusion, en la provincia de Madrid (28941)
contrate un abogado para la defensa de un procedimiento laboral, en un principio se pacto que le pagase le 200 euros y cuando acabara el procedimiento un 15% de lo que yo sacase de inmdenizacion.
Días antes de ir a juicio me dijo que había pactado con la empresa y que no merecía la pena ir a juicio que íbamos a hacer el ridículo.
Como no estaba conforme me cambie de letrado.
El primer abogado que tuve me abrió una jura de cuentas reclamándome 1500 euros, es decir, mas de lo que la empresa me indemnizo a mi y reclamaba todo sin el haber terminado el procedimiento.
Le impugne la jura de cuentas y el colegio le da la razón, ¿qué pasa si la secretaria judicial le da la razón? ¿Se puede recurrir por recurso de revisión? Según el articulo 35 d ele LEC no pero otros artículos dicen que si como el 245.4 de la LEC.
¿Se puede acudir a un juicio ordinario? ¿Habría qué pagar antes el dinero debido y meterte en otro procedimiento? Aclararme las dudas.