Incumplimiento de contrato laboral, en la provincia de Madrid (28806)

Hola, trabajo en una empresa de manipulados industriales, con un contrato indefinido desde 1.11.2008, con un horario de 7 a 15 horas.Mi jefe me quere mandar a trabajar a otro centro de trabajo que no es el que pone en el contrato , y adonde aveces el cliente cambia el horario de 6 a 15hhoras.Es un incumplimiento de contrato por parte del empresario? Y que debo hacer?

Solicita presupuesto 17/05/2015 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Contrato laboral, incumplimiento
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Respuestas a la consulta: incumplimiento de contrato laboral

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Respuesta #1
Respuesta del despacho Abogados Ortega y Gasset
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha - 28006 Madrid (Madrid)
Cristina Amor Barrado
lunes 18/05/2015 a las 16:02
Buenas tardes,

Para que haya un incumplimiento de contrato tiene que darse la consideración de modificación sustancial de las condiciones de trabajo las que afectan a:

° Jornada de trabajo.
° Horario.
° Régimen de trabajo a turnos.
° Sistema de remuneración.
° Sistema de trabajo y rendimiento.

El empresario no podrà modificar estas condicones de trabajo si no existe una causa económica, técnica, organizativa o de producción que lo justifique.

La decisión de modificación ha de ser notificada al trabajador, el cual podrá reclamar ante el Juzgado de lo Social en plazo de 20 dias, que empiezan a contar a partir del momento en que le sea notificada la decisión.

Si la modificación afecta a la jornada, el horario o al régimen de trabajo a turnos, aunque este justificada, el trabajador tendrá derecho a rescindir su contrato con una indemnización de 20 dias por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades.

Habría que ver su contrato y con convenio a ver que pone al respecto.

Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en mi despacho y estudiar la viabilidad del asunto.

Le remito mis datos:
Cristina Amor Barrado.
Tel: 634742711.

Un saludo.
Respuesta #2
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
martes 19/05/2015 a las 15:08
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
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