IMPUESTOS QUE GRAVAN LA DONACIÓN EN UN DIVORCIO, en la provincia de Barcelona (08013)
Unos cónyuges de Barcelona desean divorciarse despues de 30 años de matrimonio en separación de bienes. Sin hijos menores. El marido es pensionista, de 1700€ mensuales y la esposa asalariada con un sueldo de 1200€ mensuales. Sus únicos bienes son un piso que constituye la vivienda familiar, cuya titularidad es solamente de él. Su valor de mercado son 200.000€. Pesa sobre la vivienda hipoteca de 140.000€ cuya titularidad es de ambos cónyuges.
El marido esta dispuesto a donar la vivienda íntegra a la esposa a cambio que ella se obligue a hacerse cargo de la deuda (la hipoteca, sin embargo, seguira bajo titularidad de ambos). No se reclama pensión compensatoria. Ésta donación y la obligación de pago se expresará en el convenio del divorcio. La nueva propiedad se inscribirá en el registro de la propiedad.
Se desea saber que impuestos son aplicables al caso. Suponemos que impuesto de sucesiones y donaciones (cedido a Generalitat de Catalunya). ¿Por el valor de mercado de la vivienda o su valor catastral? ¿La existencia de una hipoteca y/o el compromiso de pago de la misma supone que deba aplicarse el de Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos? ¿En que proporción? ¿La existencia de la hipoteca permite minorar el impuesto a pagar? Con los datos facilitados, ¿cual es el importe a pagar? ¿La adquisición de la propiedad tiene efectos sobre IRPF? ¿Existen impuestos locales (plusvalías, etc) que deban contemplarse?
Gracias