Impuesto transmisión patrimonio por derecho habitación, en la provincia de Barcelona (08800)

Hace dos años falleció mi padre, este verano tuve que hacer una hipoteca sobre la casa de mi madre para poder mantenerla, en la escritura de dicha casa, que es propietaria mi madre, mi padre tenía derecho de habitación. Ahora nos piden que paguemos el impuesto de transmisión sobre el valor por la extinción del derecho de habitación, total que me piden el importe más intereses, algo que para mi fue una sorpresa, Mi madre ese dinero no lo tiene, ya que sube 14000 € , ya que mi madre cobra una pensión de 600 € y además es dependiente . Que podemos hacer, se puede hacer algún tipo de recurso, Gracias por adelantado

5/10/2015 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Fiscal Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, Hipoteca, Acciones legales
Realiza tu consulta online de forma gratuita y recibe respuestas solo de gestorías, asesorias y despachos profesionales

Respuestas a la consulta: impuesto transmisión patrimonio por derecho habitación

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "impuesto transmisión patrimonio por derecho habitación".
Respuesta #1
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
martes 6/10/2015 a las 09:56
Me temo que lo único que se puede hacer es, en prime lugar, comprobar que la liquidación es correcta y, si lo es, negociar con ellos un fraccionamiento de pago de esa deuda. Lo lamento mucho.
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
Usuario_5200
miércoles 14/10/2015 a las 17:21

Una duda que tengo, este impuesto no tiene nada que ver con el impuesto de sucesión, verdad. y otra cosa al ser la vivienda habitual de mi madre no hay ningún tipo de bonificación??.
Cristina Montijano Pérez
jueves 15/10/2015 a las 10:52
Sí, es el impuesto de sucesiones que se deriva del fallecimiento de tu madre. Lo tienen que pagar los herederos de tu padre. La bonificación sobre el domicilio habitual se aplica al domicilio del difunto, pero tratándose de un derecho de habitación dudo que sea de aplicación. Pásate por la Oficina Liquidadora, en la Calle Fontanella y revisa allí con ellos esa liquidación. Un saludo,
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. cmontijano@gmail.com. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
Usuario_5200
jueves 15/10/2015 a las 11:25
No entiendo, mi madre no ha fallecido, es su vivienda habitual, no se ha vendido, entoces no es el impuesto de sucesiones, sino por lo que entiendo cuando se extingue el derecho por fallecimiento, el propietario de la vivienda recupera ese derecho y tiene que pagar el impuesto 10% de transmisión de patrimonio. Eso es lo que entiendo.
Cristina Montijano Pérez
jueves 15/10/2015 a las 12:03
Disculpa, quería decir: es el impuesto de sucesiones que se deriva del fallecimiento de tu PADRE . Ahora bien, veo en la consulta posterior que tu padre vendió a tu madre y se reservó el derecho de habitación, por lo que, lógicamente, tributa por Transmisiones y no por Donación. Estos son los problemas cuando los datos ofrecidos en las consultas no son todo lo amplios que es necesario. Por tanto, tu madre no tiene ninguna bonificación en el pago de ese impuesto. Un saludo,

Usuario_5200
jueves 15/10/2015 a las 12:24
Gracias,
Respuesta #2
Respuesta del despacho Jose Garriga Abogados
Av/ García Barbón nº 22, 1º - 36201 Vigo (Pontevedra)
Jose Garriga
jueves 8/10/2015 a las 12:44
Además de la adecuación del cálculo -principal, intereses y recargos- a la norma, que habría que comprobar, falta un detalle que es la causa de adquisición del derecho de habitación.

¿Compró su padre este derecho o le fue donado por su madre o lo recibió por herencia de un tercero?

Un saludo,


Jose Garriga
Usuario_5200
jueves 15/10/2015 a las 11:29
Mi padre en su dia vendió la casa a mi madre y se reservo a su favor el derecho de uso y habitación." y por durante su vida, de la vivienda objeto de la presente transmisión, entendiéndose en consecuencia que la plena tituralidad de los derechos dominicales a favor de la adquiriente, no se consolidará salvo pacto o decisión escrita e inscrita en contrario hasta la defunción del vendedor", este es el texto que pone en la escritura.
Jose Garriga
jueves 15/10/2015 a las 12:09
La diferencia es importante. Al haberse desmembrado la titularidad por precio ( tu madre pagó transmisiones por la propiedad pero no por el porcentaje relativo a ese derecho de habitación) cuando se consolida el dominio (tu madre tiene ahora la titularidad sin ese derecho limitativo) tiene que pagar. Por eso preguntaba. Como te dice la compañera, ve a comprobar que el cálculo de cuota, intereses y recargos es correcta.

Un saludo.
Usuario_5200
jueves 15/10/2015 a las 12:23
Gracias,
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
Responder consulta

Otras consultas parecidas a "impuesto transmisión patrimonio por derecho habitación"

Estas son las últimas consultas publicadas en iasesorate.com relacionadas con "impuesto transmisión patrimonio por derecho habitación", que pertenece al área legal de Derecho Fiscal.

¿Debo declarar? en la provincia de Granada (18003)

Buenas, el año pasado tuve 1.400€ en ingresos en total en todo el año por tiktok siendo estudiante en españa... ver más

6/04/2023 Comparte en:
Hacienda en la provincia de Málaga (29738)

Buenas tardes, Os planteo mi consulta: Puedo alquilar una maquina a una empresa como particular para 3-6 meses ? Estamos... ver más

27/02/2021 Comparte en:

no tengo ninguna fuente de ingreso y quiero vender pronosticos deportivos. Quisiera saber si en el caso de que me... ver más

23/12/2019 Comparte en:
Mala gestion fiscal no se presento papeles requieridas en la provincia de Barcelona (08041)

Por una revision por parte de hacienda el asesor fiscal no me presento unas facturas en el plazo y ahora... ver más

9/10/2019 Comparte en:
¿Disolución de condominio a cambio de una propiedad? en la provincia de Barcelona (08024)

¿Puedo pagar a mi exmujer con una propiedad mia al 100% por disolución de condominio de otra propiedad que tengo... ver más

30/07/2019 Comparte en: