He heredado bienes muebles e inmuebles y seguro vitalicio, en la provincia de Barcelona (08024)
Todos los bienes recibidos, efectivo, fondos inversion, seguro vitalicio, inmuebles, se pagan con el I. Sucesiones. No vendo nada.
Entiendo que debo declarar en el IRPF solo los inmuebles como rendimiento, pero lo demás, efvo, fondos y seguro vitalicio (ingresado ya en mi cuenta) creo que no, ya que lo pago con el I. Sucesiones.
Si debo declarar en Patrimonio, si resulta que estoy obligada a ello.
Agradecería que me indicaran si todo lo que expongo es correcto.
Gracias.