Fraude en contratacion, en la provincia de Valencia (46023)
Existe un puesto en plantilla de profesor, que se cubre 9 meses al año desde 2007 por la misma persona. Este año la empresa ha decidido realizar pruebas de selección para cubrir el puesto. La persona que estaba trabajando desde 2007 no se le tiene en consideración pues se exige una titulación superior a la que él tiene. (se exige título superior de música y él tiene el medio).
Nos ha presentado ya la demanda para que se declare el fraude de ley en la contratación que se le hace desde 2007 - fijo; y además otra demanda por despido tácito.
Entiendo que efectivamente ha existido un fraude de ley en la contratación, y aunque no estoy muy conforme con el encaje del supuesto en el concepto de despido tácito, entiendo que van a condenar a la empresa igualmente a pagarle un despido improcedente.
Lo que me trae de cabeza es que como primer petición solicita el despido nulo por vulneración de sus derechos fundamentales; ya que se decidió hacer un proceso selectivo después de que él interpusiese la demanda por fraude de ley, y lo considera una enervación de la acción.
La diferencia es sustancial para la empresa, pues de pagarle una indemnización a tener que readmitirlo, pagarle los salarios y además "despedir" a la persona que haya superado el proceso, hay bastante diferencia.