Raúl Florit Medina
domingo 20/12/2015 a las 10:32
Buenos días
En su caso habría que iniciar un procediimento de ejecución de sentencia, por el que le irían embargando a su marido para abonarles las cantidades que les debe y las que puedan vencer en el futuro.
Eso sí, no tarde mucho porque esta acción caduca a los cinco años desde el incumplimiento.
Un saludo
Raúl Florit
www.abogadodivorciotenerife.com