FIN DE CONTRATO, en la provincia de Madrid (28921)

Buenas tardes,

Tengo un contrato de eventual por circunstancias de la producción , con fecha de fin de contrato el 25 de noviembre . me hicieron el primer contrato de 6 meses y un renovación de otros 6 meses, en el apartado de clausulas adicionales pone que si el trabajador desea realizar el cese voluntario notificara tal circunstancia a la empresa con 15 días de antelación, pero al tener al cumplir hasta la fecha de fin , tendríamos que avisar ambas partes de si vamos o no vamos a renovar?, en el caso de que yo no quiera renovar tendría derecho a la prestación por desempleo?

13/11/2013 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Contratos de trabajo, Derecho laboral, Contrato laboral
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Respuestas a la consulta: FIN DE CONTRATO

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Respuesta #1
Respuesta del despacho CE CONSULTING MOSTOLES
AV. DE LA CONSTITUCIÓN, 45 1ºC - 28931 MOSTOLES (Madrid)
ALBERTO AGUILERA
jueves 14/11/2013 a las 15:42
Al no ser un contrato superior al año ninguna de las partes tendría que preavisar con 15 días de antelación la no continuidad de la relación laboral (salvo que en el convenio colectivo al que se acoge la empresa se establezca otra cosa).

Sin embargo, en el caso en el que seas tú quien no quiera renovar el contrato esto SI QUE TENDRÍA INCIDENCIA en la prestación por desempleo, puesto que se asemejaría a una baja voluntaria, y por lo tanto no tendrías derecho a la prestación.
Respuesta #2
Respuesta de MMconsultores
Calle Almagro, 3 5º D - 28010 MADRID (Madrid)
Gabriel J. Martínez Moreno
jueves 14/11/2013 a las 22:30
Buenas, Vanessa. Por lo que se sobreentiende de tu consulta, comentarte lo siguiente:
El trabajador puede en cualquier momento dejar de trabajar en la empresa. No hace falta que alegues una causa específica, pero tienes que tener en cuenta lo siguiente:
Notificar a la empresa que quieres dejar el trabajo por escrito y con antelación. En tu caso, tendrás que notificarlo con 15 días. Y debes de tener en cuenta que si tienes la obligación de preavisar, y no lo haces,la empresa puede descontarte de tu liquidación el salario de los días no preavisados.

No tendrás derecho a indemnización alguna, aunque sí al finiquito.

Y si cesas voluntariamente, no tendrás derecho a cobrar el paro.
Comentarte también que si el contrato tiene una duración superior a un año, el empresario esta obligado a preavisar al trabajador con 15 días de antelación la no renovación del mismo


Si quieres saber más al respecto, o tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web www.mmconsultoresmadrid.es
Gracias y un saludo
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