Erte y jornada de trabajo, en la provincia de Córdoba (14900)
Hola,
Mi hermano trabaja como técnico en un Servicio de Prevención Ajeno. Con la situación del Covid-19, su empresa le incluyó en un erte de fuerza mayor el 23 de marzo (al resto de compañeros, una semana màs tarde). La empresa le pagó su nómina de marzo hasta dicho día 23 y no volvió a trabajar. El 15 de abril, la empresa les comunica que le han denegado el erte por tratarse de un servicio esencial, y que al día siguiente deben reincorporarse al trabajo.
Ahora, 16 de abril, la empresa les dice que ha tenido pérdidas de un 25%, y, por ello, les reduce la jornada completa a una jornada del 75%, mediante un acuerdo que deben firmar, de fecha 14 de abril (se les indica dicha reducción de jornada desde esa fecha hasta el 30 de septiembre, en que volverán a su jornada completa inicial).
Por otra parte, la empresa les indica que deben "devolver" el tiempo que han estado sin trabajar para que les sea retribuido. No obstante, del 1 al 30 de abril les va a pagar la nómina correspondiente al 75% de la jornada (aunque el acuerdo de reducción haya sido desde el día 14). En el caso de mi hermano, debe "devolver" ese tiempo no trabajado de tres semanas de la siguiente forma: una semana a consta de sus vacaciones, otra semana a consta del permiso retribuido recuperable, y la tercera semana se la retribuyen sin nada a cambio.
Mi pregunta en esta situación es: ¿es legal lo que está haciendo la empresa? De no serlo, ¿cómo podrían actuar mi hermano y sus compañeros, sin recibir represalias por parte de la empresa?
Espero su respuesta lo antes posible. Gracias.