Duda ERTE, en la provincia de A Coruña (15002)
En una empresa en la que se negocia ERTE causas productivas COVID, que carece de delegado de personal,se designa comisión de tres empleados para la negociación del mismo, ¿estos se verán provistos de la protección que les da la legislación en las mismas condiciones que a los delegados de personal?
El art. 13 Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, conforme a lo establecido en el artículo 51.5 y 68.b) del Estatuto de los Trabajadores y en el art. 10.3 LOLS, los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia en la empresa respecto de los demás trabajadores afectados por el procedimiento de despido colectivo.
Agradecería aclaración al respecto.-