DISOLUCION CONDOMINIO O PERMUTA, en la provincia de Barcelona (08290)

Buenas tardes,
Yo y mi hermano somos propietarios al 50% cada uno de dos pisos. Nos planteamos que cada uno pasemos a ser propietarios al 100% de cada uno de ellos.
La idea es realizar las operaciones en escrituras separadas y en cada una de ellas pagar al otro el precio por el valor del 50% que se adquiere. Es decir, se va a tratar por separado, se va a pagar por la parte que se adquiere y no se va a producir compensación.
La duda es si esta operación debe tratarse como una disolución de condominio o una permuta, es clave saberlo ya que la extinción tributa al 1,5% y la permuta al 10%.

11/12/2014 2 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Fiscal Vivienda, Tributos, Disolución de condominio, Permuta
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Respuestas a la consulta: DISOLUCION CONDOMINIO O PERMUTA

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Respuesta #1
Respuesta de Cristina Montijano
Casp, 31, 3º 2ª A - 08010 Barcelona (Barcelona)
Cristina Montijano Pérez
viernes 12/12/2014 a las 09:46
A diferencia de lo que tu propones, yo haría una sola escritura de disolución del condominio, con ambas fincas, dando valor a cada una de ella, adjudicando la que proceda y, en caso de que haya diferencias, abonando el exceso en dinero. Evidentemente, presentaría las escrituras a Generalitat como disolución del condominio, por actos jurídicos documentados y exento de Transmisiones patrimoniales. Qué razón hay para hacerlo por separado?
Como tú dices, la permuta o compraventa tributan al 10%, pero es más, también tributan por Plusvalía Municipal e Incremento Patrimonial en Renta, por lo que la diferencia en impuestos es muy sustanciosa. Contratad un abogado que os asesore en esta operación. Un saludo,
Cristina Montijano. Abogado. Casp, 31, 3º 2ª A.- Barcelona. 93 457 93 40. Móvil 638 77 51 44.
Visita mi web: www.cmontijano.com
Respuesta #2
Respuesta del despacho CATALA ADVOCATS
calle Bailèn 141, escalera derecha, entresuelo 5 - 08037 Barcelona (Barcelona)
Chantal Catalá Comas
viernes 12/12/2014 a las 13:38
Buenos días
En función de cómo preparen las escrituras se pagará un impuesto u otro. Para tributar por disolución de condominio hay que hacer una escritura de disolución.

Si la propiedad de ambos pisos la obtuvieron por herencia y los disuelven en un única escritura pública se van a ahorrar la plusvalía municipal. En teoría haciéndolo por separado tampoco procedería plusvalía, pero hay Ayuntamientos que la cobran. Hacerlo en una única escritura, también les sirve como garantía ante la AEAT y además es más económico. Una vez liquidada de impuestos, siempre pueden pedir otra copia auténtica para que cada uno tenga un original.
Si desean que les tramite la escritura, pueden contactar conmigo.
Saludos
Chantal Catalá
CATALA ADVOCATS
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