DISOLUCION CONDOMINIO O PERMUTA, en la provincia de Barcelona (08290)
Buenas tardes,
Yo y mi hermano somos propietarios al 50% cada uno de dos pisos. Nos planteamos que cada uno pasemos a ser propietarios al 100% de cada uno de ellos.
La idea es realizar las operaciones en escrituras separadas y en cada una de ellas pagar al otro el precio por el valor del 50% que se adquiere. Es decir, se va a tratar por separado, se va a pagar por la parte que se adquiere y no se va a producir compensación.
La duda es si esta operación debe tratarse como una disolución de condominio o una permuta, es clave saberlo ya que la extinción tributa al 1,5% y la permuta al 10%.