DESPIDO EN ERE ( INICIO 02/13 HASTA 12/14 ), en la provincia de Lugo (27500)
Me gustaria saber si con la última reforma fiscal las indemnizaciones que sobrepasen lo articulado en el estatuto de los trabajadores ( art.51 despido colectivo ) 45 dias por año trabajado hasata el 2012 y resto a 33 dias, tienen que tributar con la exención ddel 40% este año, o se puede aplicar el tope de 180.000,- euros desde el 1-8-14.