Despido, en la provincia de Madrid (28012)

Ayer me entregaron la carta de despido con fecha de día 30 de septiembre alegando que era un despido procedente por una serie de actos que había realizado sin tener información al respecto( altas de trabajadores) mi antigüedad es del 08/07/2008 y me ofreció una indemnización de 2500 euros

30/09/2014 5 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Despido procedente, Acciones legales, Abogado
Realiza tu consulta online de forma gratuita y recibe respuestas solo de gestorías, asesorias y despachos profesionales

Respuestas a la consulta: Despido

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "Despido".
Respuesta #1
Respuesta del despacho Sergio Padrós Gómez
Calle Rios Rosas, número 44 - 28003 Madrid (Madrid)
Contiene presupuesto
Sergio Padros Gomez
martes 30/09/2014 a las 08:41
Debe ponerse en contacto con un abogado cuanto antes, ya que si el despido es nulo o improcedente, debe presentar la demanda de conciliación en el smac lo antes posible, para interrumpir el plazo que tiene para presentar la demanda ante el juzgado de lo social, cuyo plazo total es de veinte días.
Si desea ser atendido en el despacho, no dude en ponerse en contacto con nosotros, ya que tendrá que acudir con la documentación que se le solicite.
Reciba un cordial saludo
Respuesta #2
Respuesta del despacho Larios Abogados
Pasaje Mendoza, Edificio Ana Cristina 2, 4ºB izquierda - 29740 Torre del Mar (Málaga)
Contiene presupuesto
José María Palomo García
martes 30/09/2014 a las 09:55
Estimado consultante,

Como bien dice el compañero que me precede, es necesario que se ponga en manos de un abogado laboralista lo antes posible para que no se pasen los plazos.

Habría que conocer más datos para ver la cantidad ofrecida y demás, pero viendo su antigüedad, la indemnización de 2.500 euros se me antoja corta a poco que cobre en la empresa mensualmente.

Hay que tener en cuenta, además, que de un lado, es la empresa quien tiene que acreditar que usted ha tomado esas decisiones sin tener información al respecto y que ello constituye despido y no otra medida menos drástica y, de otro lado, hay que tener en cuenta que al no hablar de despido por causas económicas, la indemnización debía haberse abonado en el acto y no con posterioridad, tal y como marca la Ley.

Por otro lado, ¿qué pasa con el preaviso? En su caso no le han respetado el preaviso de 15 días. Es cierto que si consideran el despido disciplinario, no es necesario dar preaviso, pero en dicho caso ¿por qué ofrecen 2.500 euros de indemnización cuando no tendrían que pagarle en dicho caso indemnización alguna? Si le ofrecen indemnización es porque el despido no es disciplinario y, en dicho caso, el no respetar el preaviso, hace que se pueda reclamar, además, 15 días de salario extras, correspondientes a los 15 días de preaviso vulnerado.

Creo que en su caso hay muchas cuestiones a tener en cuenta, por lo que contacte con abogado lo antes posible.

Somos un despacho preferentemente laboralista que trabaja en todo el territorio nacional, por lo que le facilito nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte:

951 71 50 41
www.lariosabogados.es

Le adjunto un presupuesto (IVA incluido) orientativo para que tenga una idea.

Un cordial saludo.
Respuesta #3
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
martes 30/09/2014 a las 09:59
Buenos días, Vd. tiene derecho a impugner su despido y demostrar que es improcedente. En todo caso necesitaríamos examiner su caso con detalle y estudiar los motivos que alegan para decirle que es procedente. En cualquier caso tenga presente que dispone solamente de 20 días hábiles para impugner el despido. Si lo desea podemos facilitarle un presupuesto sin compromiso.
Puede contactar en los datos que encontrará en www.ldcabogados.com 911517113
Respuesta #4
Respuesta del despacho ISARA CONSULTORES
CL ROMERO, 9 - 28430 LOS NEGRALES (ALPEDRETE) MADRID (Madrid)
José Luis Fernández
martes 30/09/2014 a las 10:40
Buenos días. Todo parece apuntar que se trata de un despido improcedente, aunque sería imprescindible estudiar la documentación para hacerle una valoración adecuada de su caso y establecer la estrategia procesal oportuna.

Si lo desea, sin ningún tipo de compromiso o coste, puede ponerse en contacto con nosotros para estudiar dicha documentación.
José Luis Fernández
martes 30/09/2014 a las 10:43
Buenos días de nuevo. Si la viene muy mal la zona noroeste de Madrid, también disponemos de despacho en Madrid, zona AZCA.
Respuesta #5
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
martes 30/09/2014 a las 10:52
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado. También se puede hacer una consulta vía email.

El precio de la primera consulta se le descontará del presupuesto que en su caso se de, en caso de ser necesario llevar a cabo algún tipo de trámite, gestión, reclamación...etc.

Solicite información sin compromiso en:

tlf. 645 958 948
Despacho de Abogados LETRADOX
www.Letradox.com
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
Responder consulta

Otras consultas parecidas a "Despido"

Estas son las últimas consultas publicadas en iasesorate.com relacionadas con "Despido", que pertenece al área legal de Derecho Laboral.

Compaginar dos trabajos en la provincia de Alicante (03100)

Tengo un contrato indefinido a 24 horas semanales puedo compaginarlo con otro a 40 horas gracias

27/09/2024 Comparte en:

Hola, Llegué de Madrid a Lugo, hace 15 meses y ayer, fui a la Seguridad social en Lugo y me... ver más

26/08/2024 Comparte en:
BASES DE COTIZACION en la provincia de Sevilla (41015)

ME JUBILE A LOS 65 AÑOS(SEPTIEMBRE 2021) CON 43 AÑOS COTIZADOS Y AL REPASAR MIS COTIZACIONES ENCUENTRO AÑO 1980: 5... ver más

11/03/2024 Comparte en:
Días por un cateterismo a mi madre en la provincia de Burgos (09007)

A mi madre la van a hacer un cateterismo y va a precisar reposo domiciliario, ¿me corresponde algún día de... ver más

1/03/2024 Comparte en:
Periodos "sin base registrada" en la provincia de Almería (04288)

He descargado de la página de la TGSS los informes de bases de cotización en las diferentes empresas en las... ver más

5/11/2023 Comparte en: