ANA PRIETO HERMOSO

Especialista en:
Mercantil, Civil

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Últimas respuestas de ANA PRIETO HERMOSO

Publicada el 3/11/2015 en la provincia de Granada sobre Derecho Civil
Estoy cobrando el plan prepara de búsqueda de empleo del estado,es lo unico que cobro,tengo un hijo a mi cargo que esta parado y no cobra nada de ayudas.estoy esperando...
Respuesta en iasesorate.com de ANA PRIETO HERMOSO
ANA PRIETO HERMOSO
martes 3/11/2015 a las 16:46
Lo primero que tengo que saber es ya ha salido a subasta la vivienda y si el banco se la adjudicado o no. Ya que legalmente existe la posibilidad reestructuración de la deuda con carencia capital 4 años, + plazo amortización hasta 40 años, euribor+ 0,25% durante plazo de carencia, pero además existe la posibilidad en caso de que ya se la haya adjudicado el Banco en subasta de SUSPENDER LANZAMIENTOS dos años. Si quiere ampliar la consulta estoy a su disposición en el despacho número de teléfono 958520845. Ana Prieto
Publicada el 4/06/2015 en la provincia de Granada sobre Derecho Civil
Pues 15 de mayo le cumplió el contrato y ella esta fuera después de marearse me dijo que no que no renovaba y ahora tengo todas sus cosas aquí y...
Respuesta en iasesorate.com de ANA PRIETO HERMOSO
ANA PRIETO HERMOSO
lunes 22/06/2015 a las 11:04
Buenos días, no se si el inquilino se fue de forma definitiva si es así usted debe usted comunicarle por medio de burofax que sus objetos personales está en la vivienda y que las retire de forma inmediata o usted las enviará a un centro de beneficiencia. Debe de comunicar con el, si esa opción no resulta o no puede comunicar con el inquilino habrá de buscar otra opción. Además lo normal es que quede reflejado en algún documento que se marcha y deja la vivienda libre. Saludos.
Publicada el 20/06/2015 en la provincia de Granada sobre Derecho Civil
no se donde informarme, cuales son los requisitos si hay que tener dinero o no (puesto que es para personas arruinadas como yo) si se gestiona de oficio o no....
Respuesta en iasesorate.com de ANA PRIETO HERMOSO
ANA PRIETO HERMOSO
lunes 22/06/2015 a las 10:56
Viene regulado en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social. Se trata de permitir que aquél que lo ha perdido todo por haber liquidado la totalidad de su patrimonio en beneficio de sus acreedores, pueda verse liberado de la mayor parte de las deudas pendientes tras la referida liquidación. Es bastante complejo y necesitaría estudiarse su situación particular y ver si puede acogerse. Si precisa mayor información póngase en contacto con este despacho. 958520845 Ana Prieto Abogado
Publicada el 11/04/2015 en la provincia de Granada sobre Derecho Civil
Estoi divorciada y mi exmarido compró la vivienda conyugal estando soltero. ¿ Que tanto por ciento me pertenece de dicha vivienda a efectos fiscales ?. Gracias
Respuesta en iasesorate.com de ANA PRIETO HERMOSO
ANA PRIETO HERMOSO
lunes 11/05/2015 a las 16:55
Buenas tardes de la vivienda familiar si fue adquirida antes del matrimonio solo podrá usted reclamar el 50% del dinero que de esa vivienda se ha pagado con dinero ganancial. Pero no propiedad. Saludos
958520845 Ana Prieto