Denuncia por falta de lesiones imprudentes, en la provincia de Madrid (28017)

me citan a un juicio por un accidente de coche el tema lo lleva el seguro tengo obligacion de ir o m puede representar el abogado del seguro el juicio es fuera de mi localidad

4/03/2014 5 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Procesal Juicio, Abogado, Seguro, Citación
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Respuestas a la consulta: denuncia por falta de lesiones imprudentes

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "denuncia por falta de lesiones imprudentes".
Respuesta #1
Respuesta del despacho El Albero Abogados
Ronda de Buenavista, 4 - 45005 Toledo (Toledo)
Roberto Villar López
martes 4/03/2014 a las 12:05
Estimado cliente:
Le aconsejo que se ponga en contacto con el abogado de la compañía. De todas formas, le aconsejo que acuda al juicio dado que el no acudir nunca es bueno y siempre van en perjuicio suyo.
Estoy a su entera disposición para cualquier aclaración o ampliación de la consulta. Asimismo, puede ponerse en contacto conmigo por si decide, sin compromiso alguno, exponerme su caso.
Respuesta #2
Respuesta del despacho Gabinete Jurídico G & G
Rafael García Cepas
martes 4/03/2014 a las 12:20
En principio Vd. puede elegir el abogado de su confianza, no tiene que ser el del seguro.
Tiene obligación de ir al juicio, ya que si es demandante y no comparece podría tenersele por desistido en su denuncia. Si es denunciado precisarán su testimonio .

Para cualquier información póngase en contacto en el 913861929- www.gabinete-g.com
Respuesta #3
Respuesta de Enrique González León
28002 Madrid (Madrid)
Enrique González León
martes 4/03/2014 a las 14:47
Buenas tardes:

Si es por un juicio de faltas y es Vd denunciante debería de acudir pues en otro caso se puede archivar. Si es denunciado, debería acudor para defenderse pues de lo contrario, puede ir en su contra.

Un saludo
Respuesta #4
Respuesta del despacho Abogadas Asociadas Castellana
Paseo de la Castellana, 210, piso 12, pta. 3 - 28046 Madrid (Madrid)
Rosario Merino Martin-Toledano
martes 4/03/2014 a las 17:51
Buenas tardes: En efecto, tiene obligación de acudir personalmente al juicio, salvo que tu abogado solicite en el Juzgado que el mismo se lleve a cabo a través de videoconferencia y el Juzgado así lo acuerde. Si tiene alguna duda no dude en ponerse en contacto con este despacho. Cordiales saludos,
Respuesta #5
Respuesta del despacho Larios Abogados
Pasaje Mendoza, Edificio Ana Cristina 2, 4ºB izquierda - 29740 Torre del Mar (Málaga)
José María Palomo García
viernes 7/03/2014 a las 14:02
Estimada Elena,

En primer lugar decirle que no tiene que estar necesariamente con el abogado del seguro. La Ley 50/80 LCS le permite (artículo 76) elegir al abogado de su confianza. No sólo eso, sino que además los honorarios del abogado que usted elija no los paga usted, sino su seguro. D
e hecho, es recomendable que el asegurador se busque su propio abogado de confianza, pues el abogado de confianza es independiente y actúa sin sujeción a una compañía de seguros que le paga.

Dicho lo anterior, habría que ver qué tipo de juicio es para el que a usted le han citado. Si es un juicio de faltas y vive en provincia distinta a la que se celebra el juicio, la Ley de Enjuiciamiento Criminal le permite declarar por escrito, para evitarse el desplazamiento. Si es un juicio civil ordinario, no tendrá que acudir si no se solicita por la parte contraria su interrogatorio. Como verá, las circunstancias del caso pueden derivar en una respuesta u otra, y en un modo u otro de actuar.

Estamos a su entera disposición en el teléfono 951 71 50 41 o en nuestra web www.lariosabogados.es

Un cordial saludo.

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