CONTRATO AMPARADO LEY 25/2015 ART.8 RED.BASE COTIZACION 500, en la provincia de Barcelona (08030)
Empresa de nueva creación, que hace 2 meses realizo su primera contratación con un trabajador al amparo ley 25/2015 art,8 que permite reducir la base de cotizacion 500 euros. La empresa no ha contratado a nadie más, y ahora el trabajador contratado indica que causa baja voluntaria. La duda es saber si se puede realizar otro contrato al amparo de la misma normativa cuando el trabajador cese en la empresa, ya que la norma indica que en el caso de bajas voluntarias no se tendrán en cuenta a la hora de calcular el incremento de plantilla.
El nuevo contrato se realizaría al día siguiente.