Consulta sobre derecho laboral, en la provincia de Ávila (05220)

Mi marido enfermó y no se sentía en condiciones de ir a trabajar, llamo al supervisor antes de q le tocara su turno para ingresar a trabajar, y le expuso la situación, acto seguido fuimos al medico para q lo revisara y le hiciera un certificado para justificar las faltas, el médico dio 72 hs de reposo... Cuando se incorpora a trabajar le tocaba turno de día, al día siguiente inmediatamente fue a llevar el certificado, y en la empresa no se lo quisieron recibir xq dice q lo tenía q llevar 24hs después de haber avisado, pero no pudo xq tenia reposo de 72hs... Como hago?

12/08/2017 1 Respuesta pública Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral
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Respuestas a la consulta: Consulta sobre derecho laboral

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Respuesta #1
Respuesta del despacho DESPACHO PÉREZ
Calle Chapineros 6 - 41004 Sevilla (Sevilla)
Rebeca Pérez Ramos
lunes 14/08/2017 a las 12:38
El trabajador tiene que presentar el parte de baja en la empresa dentro de los siguientes tres días hábiles. Todos los partes, tienen una copia destinada a la empresa para que haga lo procedente en cuanto a las comunicaciones a la Seguridad Social, dispone de 5 días a partir de su recepción. En el documento destinado a la empresa no se hace referencia del diagnóstico, ni del tratamiento del trabajador.

Igualmente el trabajador tiene que presentar en la empresa todos los partes de confirmación de baja, si se producen, en los tres días siguientes a que los firme el médico.

Todos los partes, tienen una copia destinada a la empresa para que haga lo procedente en cuanto a las comunicaciones a la Seguridad Social, seguros sociales, etc. En el documento destinado a la empresa no se hace referencia del diagnóstico, ni del tratamiento del trabajador. Para el parte de alta médica el plazo es mucho más breve, tiene que presentarse en las 24 horas siguientes.
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