Consulta reincorporación excedencia, en la provincia de Madrid (28011)

Buenos días.

Mi duda es respecto a la reincorporación de una excedencia.

El 1 de Enero comencé una excedencia de 6 meses, que finalizaba el 1 de Julio. El 8 de Junio inicié las conversaciones por mail con mi antiguo responsable, para conocer los tramites, y contactar con alguien de rrhh. Además les ofrecía la posibilidad de un despido, para solucionar la excedencia. Después de días insistiendo e insistiendo, solo recibí una contestación por parte del director de RRHH el 7 de Julio. Indicándome, que no era posible la opción del despido, porque no existía ninguna relacion laboral conmigo. Y que debía presentar por escrito y no por mail, mi solicitud de reincorporación. En el mismo día elabore un escrito presentando los hechos y lo envié por burofax. Hace unos días recibí una respuesta de RRHH indicándome que habían recibido el escrito y que cuando hubiera un puesto disponible para mi perfil que contactarían conmigo.

El mismo día 8 comprobé las ofertas de trabajo a través de infojobs, y tenían dos ofertas que cuadraban con mi perfil. Ofertas de trabajo que finalizaron una semana después y de las que no he recibido oferta de ningún tipo. Ayer mismo abrieron otra oferta de trabajo que cuadra con mi perfil. Y tampoco he recibido respuesta. Todas las ofertas de trabajo las estoy registrando con un servicio de firma electrónica que verifica la fecha, hora y el contenido de la web.

Mi problema es que no quiero trabajar en esta empresa, porque desde que solicité la excedencia, estoy notando situaciones no agradables, que me indican que si vuelvo, no va a ser cómodo trabajar con ellos. Por lo tanto me gustaría llegar al despido improcedente para buscar otro trabajo, y no tener que irme con la baja voluntaria, perdiendo mi indemnización de un año de trabajo.

Me gustaría saber, ¿Que puedo hacer en esta situación? ¿Que coste tendría llevar esto a juicio? ¿Cuanto se puede alargar? ¿Hay alguna manera de solucionar esto brevemente?

Solicita presupuesto 18/07/2015 3 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Laboral Despido improcedente, Excedencia, Acciones legales, Empresa
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Respuestas a la consulta: Consulta reincorporación excedencia

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "Consulta reincorporación excedencia".
Respuesta #1
Respuesta del despacho Larrotcha y Del Campo Abogados
C/ Gobelas,17 - 28023 MADRID (Madrid)
Manuel Larrotcha Palma
sábado 18/07/2015 a las 14:44
Buenas tardes. Claro que puede intentar por medio de abogado sondear un acuerdo y en otro.caso la demanda judicial. Si lo desea le.podemos.facilitar presupuesto una vez conozcamos los.detalles.concretos de.su caso. Www.ldcabogados.com. Manuel Larrotcha 91.151.71.13
Respuesta #2
Respuesta del despacho Abogados Ortega y Gasset
C/José Ortega y Gasset 60, bajo derecha - 28006 Madrid (Madrid)
Cristina Amor Barrado
sábado 18/07/2015 a las 17:21
Buenas tardes, cuando a un trabajador le conceden una excelencia, a su vuelta tiene que tener un puesto en la empresa, si no es así, debería previamente intentar llegar a un acuerdo y si no es así, interponer medidas judiciales, previamente mediante la conciliación en el SMAC, requisito esencial y obligatorio, para posteriormente, si no hay acuerdo, interponer demanda.

Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en nuestro despacho donde estudiaremos su caso.

Le remito mis datos;
Cristina Amor Barrado
Tel: 634742711
Calle José Ortega y Gasset 60, bajo derecha, Madrid.

Un saludo.
Respuesta #3
Respuesta de LETRADOX
Calle Jorge Juan - 28028 MADRID (Madrid)
Mercedes de Parada
jueves 23/07/2015 a las 16:36
Buenos días,

Para la resolución de sus dudas legales sobre este caso, necesitamos más datos de los que nos proporciona, por tanto, le emplazamos a una cita presencial en nuestras oficinas, de Madrid o de Alcalá de Henares, en donde puede llevar la documentación necesaria y se le dará una solución al problema planteado.
Cada caso de nuestros clientes lo tratamos con la máxima profesionalidad, discreción y garantías, de ahí que éste no sea el medio idóneo para tratar el asunto, y confiamos en que entenderá que la cita presencial es lo más adecuado, dado que ahí se explica el asunto con detenimiento por su parte y le pregunta la abogada los aspectos relevantes para darle una respuesta jurídica y la solución, pues, al problema que tiene.
No obstante, en algunos casos y si no se pueden desplazar, pueden plantear su caso vía email a info@letradox.es y recibirá una contestación.
Si está buscando un despacho de abogados de confianza, económico y que le entienda, confíe en nosotros (LETRADOX-ABOGADOS).
Solicite información sin compromiso llamando al teléfono del despacho (24horas):
tlf. 645 958 948
Estaremos encantados de atenderle y poderle ayudar.

Atentamente,
Mercedes de Parada Rodríguez
Abogada
Socia del despacho LETRADOX
www.Letradox.com
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