Consulta laboral: vacaciones, horario y salario, en la provincia de Huelva (21400)
Comencé a trabajar el 05/11/2018 en una oficina inmobiliaria en Andalucía, como “agente y representante comercial” con funciones de “comercial”
Duración: 6 meses. Tipo: “eventual por circunstancias de la producción”
Salario “según convenio”, el de “Gestión y mediación inmobiliaria”
“A tiempo parcial” jornada laboral de “22h semanales”. Somos 2 personas, una por la mañana y otra por la tarde, 4 h/día de L a V, más 2 sábados al mes (alternos) por la mañana (4h cada sábado)
Horario “según cuadrante expuesto en el centro de trabajo” (no está)
Vacaciones anuales s/contrato “30 días naturales
1) Consulta Vacaciones:
Mi jefe me obliga a coger vacaciones en Navidad ¿Puede hacerlo? ¿Hasta qué fecha límite tengo? ¿Podría cogerlas a partir del 02/01 o ya contarían como vacaciones del año 2019?
Según convenio, las vacaciones anuales son: 32 días naturales+2 días de libre disposición+el 24 o 31/12 y éstas no pueden empezar en festivo.¿Puedo en contrato tener menos días de vacaciones que en el convenio? ¿cuántos días/año me corresponden legalmente?
Mi jefe dice que desde el 05/11/18 al 31/12/18 solo me corresponden 3 días ¿Es correcto?
Me interesa cogerlas del 31/12/18 al 07/01/19 pero mi jefe dice que cuentan todos los días, es decir que solo serían el 31/12/18, el 01/01/19 y el 02/01/19, y que si cojo hasta el 07/01 me contarían 5 días más, que serían días a cuenta del 2019 ¿Es correcto? Creo que el 31/12/18 y el 01/01/19 no contarían, el 1º por convenio, y el 2º por festivo, de modo que mis vacaciones podrían ser los días 02, 03 y 04/01; me incorporaría el sábado 05 (que no me toca trabajar, al trabajar solo sábados alternos), y el domingo 06 y lunes 07 no contarían por ser festivos ¿Es correcto?
2) Horario de trabajo:
Mi horario es 16:30h-20:30h de L-V, y 2 sábados/mes 10-14h
El horario no está expuesto en la oficina. Sin embargo, diariamente debo rellenar/firmar un cuadrante con la hora de entrada/salida. Esto no está firmado por la empresa.
Junto a la nómina mensual hay una hoja anexa que indica las horas diarias trabajadas (que debo firmar), en el que en lugar de constar 4h/día de L-V, y 4h los dos sábados alternos, figuran 4,40h de L-V (0 sábados) ¿Es legal? ¿Qué pasaría si tengo, por ej, un accidente in itinere uno de esos sábados, si en la realidad no figuran dentro de mi jornada laboral? ¿Cuál es el motivo por el que la empresa no hace constar los sábados (yo sí los indico en el cuadrante diario)? ¿Acaso esas horas se deberían pagar a un precio más elevado, por ser fin de semana?
3) Salario:
¿Es legal prorratear (sin preaviso o acuerdo entre las partes) las pagas extraordinarias?
Según leo en el referido convenio, el salario de “comercial” para el año 2018 a tiempo completo es de 11.525,40€ brutos anuales y la jornada laboral de 1.772 h anuales. Por división, ésto daría un importe bruto de 6,50€/h. Si mi contrato es de 22h semanales(88 h/mes), ¿deberían pagarme 572€ brutos/mes (6,50€/h x 88h)?