Consulta: Autorización de residencia para prácticas, en la provincia de Madrid (28030)
¡Hola! Buenos días, un gusto saludarlos
Con relación a la autorización de residencia para practicas profesionales tengo entendido que al transcurrir el plazo de 30 días hábiles y no recibir respuesta se entenderá aprobada por silencio administrativo. Posteriormente solicitar un certificado por silencio administrativo, cierto?
Mi pregunta es: ¿Si al transcurrir dicho periodo de tiempo y aplicarse el silencio administrativo ya es posible activar el contrato en prácticas?
Quedo en espera de su respuesta
Gracias de antemano
Un saludo