Condiciones de cooperativa vivienda, en la provincia de Madrid (28042)
Hola,
Queremos comprar una casa, para la que tenemos que hacernos socios de una cooperativa.
Incluye estas dos clausula.
Responderíamos con nuestro patrimonio personal como subsidiario en algún caso?
Muchas gracias
1. La Cooperativa responderá de sus deudas con todo su patrimonio presente y futuro, excepto el correspondiente a la Reserva de educación y promoción cooperativa, que sólo responderá de las obligaciones estipuladas para el cumplimiento de sus fines.
2. La responsabilidad de los socios por las deudas sociales quedará limitada al importe nominal de las aportaciones al capital social.