COBRO DE PARO MIENTRAS EXCEDENCIA, en la provincia de Madrid (28030)
Buenos días
Me pongo en contacto con vosotros como por si pudierais resolverme algunas dudas.
Os comento, yo llevo trabajando en la actual empresa doce años. Para el próximo Abril seré Padre de mi tercer hijo y estaba pensando en coger una excedencia para trabajar como interino de profesor de Formación Profesional a partir del próximo mes de Septiembre con el objeto de tener más tiempo disponible para mi familia y para mí.
Mi duda es, si yo optase a una suplencia como interino a partir de por ejemplo Noviembre 2020 y esta acabase a lo largo del curso (por ejemplo, Abril 2021), ¿tendría derecho a paro hasta que consiguiese otra suplencia o vacante en tanto en cuanto mantuviese mi derecho a reincorporarme en mi actual empresa?
Por lo que tengo entendido puedo coger excedencia de hasta 5 años en el trabajo (no sé si hay que coger por ejemplo 5 años o si es posible coger menos e ir ampliado según lo viera...); no obstante mi duda principal es , si cogiendo excedencia y trabajando de profesor tuviera la opción de cobrar el paro durante los meses en los que no estuviera trabajando como tal a fin de tener algún ingreso durante esos meses.
Como siempre, mil gracias por vuestra ayuda.
Un cordial saludo.
Pedro.