Cambio de horario, de turno partido a TURNOS, ¿Puede la empr, en la provincia de Cantabria (39080)
Mi empresa quiere implantar el régimen de turnos tras mas de 30 años con horario partido.
En el contrato de hace casi 30 años, indica que serán 40 horas semanales de Lunes a Viernes, aunque en otra clausula del contrato, también indica que se repartirá el trabajo en turnos para cubrir Sábados, Domingos y Festivos, con la compensación de descanso que corresponda y sin considerar estos extras como horas extraordinarias.. (¿no se contradice esto un poco, lo de.. "de Lunes a Viernes", con lo de la distribución para cubrir Sábados, Domingos..?).
Y en caso de hacerlo, ¿existen algún tipo de contraprestaciones especiales por ello?. Serian turnos que van corriendo, para cubrir el fin de semana, Sábados y Domingos incluidos, y librando de forma rotativa, una semana por ejemplo el Lunes y Martes, otra un Miércoles y Jueves.., etc de forma que solo se libra un fin de semana al mes, el resto de fines de semana se trabajan, y supongo que no será igual trabajar de Lunes a Viernes, que trabajar, aunque sea en tu turno, un Sábado y un Domingo.., ¿eso lleva algún tipo de remuneración extra por ese tipo de turnos que incluyen Sábados y Domingo y Festivos? ¿Algo fijado por ley, o negociable con la empresa.., algún tipo de plus por "turnicidad"?.
¿Alguna otra consideración a tener en cuenta que no haya comentado..?
Actualmente esos extras de Sábado y Domingo se trabajan con un calendario que va rotando y se pagan como extras, pero se quieren suprimir esos extras con los turnos y se dejaría de ganar un dinero que lleva cobrándose muuuuchos años, ¿se puede considerar como un derecho adquirido y negarse a que te lo quiten asi de repente?.
Gracias