CADUCIDAD DE UNA DEMOLICION DE VIVIENDA POR LA ADMINISTRACIO, en la provincia de Granada (18800)
CONSTRUI UNA VIVIENDA EN SUELO NO URBANIZABLE (ILEGAL) TERMINADA EN JUNIO DE 2009. EN SEPTIEMBRE DE 2013 EL AYUNTAMIENTO ME COMUNICA QUE TENGO QUE DEMOLER LA VIVIENDA. ALEGO LA CADUCIDAD DE 4 AÑOS Y ME CONTESTAN QUE RECOOCEN MAS DE 4 AÑOS DESDE SU CONSTRUCCION PERO QUE POR LA DOCTRINA ROUBIER EL PLAZO PARA ESTA CADUCIDAD ES DE 6 AÑOS PORQUE SE MODIFICO EL PLAZO CON EFECTOS DE 28/2/2012 Y EN ESA FECHA NO HABIAN TRANSCURRIDO LOS 4 AÑOS, QUE PUEDO HACER? ES CIERTO QUE HAY RETROACTIVIDAD CON ESA DOCTRINA? no ME PUEDO AMPARAR EN LA CONSTITUCION EN EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA? TIENEN JURISPRUDENCIA QUE DIGA LO CONTRARIO???. AGRADECERIA SUS CONSEJOS YA QUE ME URGE PARA RECURRIR. GRACIAS. PD. ES UN PUEBLO DE GRANADA EN ANDALUCIA.