Aplicación orden 75/2013 de la conselleria de educación de v, en la provincia de Alicante (03710)
Trabajo como profesor en un Instituto de Enseñanza Secundaria de Alicante i en relación a la ORDEN 75/2013, de 5 de julio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, concretamente sobre la DISPOSICIÓN FINAL en la que se madifica el ANEXO II de la ORDEN de 29 de junio de 1992 de la citada Conselleria que afecta a la asignación de los Programas de Diversificación Curricular. Mis superiores me dicen que como la orden 75/2013 tiene por objeto desarrollar el contenido del artículo 9 del Decreto 108/2012, de 29 de junio, del Consell, por el que se regula la recolocación y redistribución de personal docente, esta orden 75/2013 i su DISPOSICION FINAL solo se aplicaria en el caso que tuviéramos al centro educativo algun caso de professor en riesgo de ser desplazado o suprimido, y como no es nuestro caso, no hay que aplicar-la, y por tanto la asignación de los ámbitos del Programa de Diversificación hay que hacerla como se hacía antes en el centro. Pero algunos de mis compañeros piensan que no, que la DISPOSICION FINAL modifica el ANEXO II de la ORDEN de 29 de junio de 1992 i que hay que aplicar-la en cualquier caso, haya o no professorado con riesgo de ser desplazado o suprimido, con la finalidad de asignar los ámbitos del Programa de Diversificación Curricular. El tema de la asignación de los ámbitos de los Programas de Diversificación es un tema sensible en mi centro, porque hay muchos compañeros que los querrían impartir y según se aplique o no la citada disposición final, se favorece a unos o a otros. Qual es la interpretación correcta que hay que hacer respecto a la aplicación de la DISPOSICIÓN FINAL de la ORDEN 75/2013?
Muchísimas gracias de antemano.
Un saludo.