Derechos de sucesion - herencia, en la provincia de Asturias (33205)

Se trata de una propiedad que han fallecido los propietarios, y sus herederos son tres. Dos de las partes están de acuerdo en vender la propiedad, pero el tercero se niega a vender ya que dice que la esta disfrutando para veraneo, pero también se niega a pagar la parte correspondiente a los demás herederos ya que dice no disponer de dinero para hacer frente al pago. Legalmente esa tercera parte tiene que atenerse a los deseos de los otros dos, o por el contrario, puede mantenerse firme en su negativa a vender?

Solicita presupuesto 16/02/2015 6 Respuestas públicas Sin respuestas privadas Comparte en Derecho Civil Herencia, Derecho de sucesiones
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Respuestas a la consulta: derechos de sucesion - herencia

Estas son las respuestas que los profesionales registrados en iasesorate.com han realizado gratuitamente a la consulta titulada "derechos de sucesion - herencia".
Respuesta #1
Respuesta del despacho IM ABOGADOS
Avenida San Francisco Javier, 9 planta baja módulo 5 - 41018 Sevilla (Sevilla)
INES DIAZ BRAVO
lunes 16/02/2015 a las 18:01
Buenas tardes,
póngase en contacto con nuestro despacho y le asesoraremos en este procedimiento.
Un saludo.
Inés Díaz.
Abogada
651949511
Respuesta #2
Respuesta del despacho María Díaz Alonso. Abogada
Uria 70, 1 B - 33003 Oviedo (Asturias)
Contiene presupuesto
María Diaz Alonso
lunes 16/02/2015 a las 18:41
Estimad@ consultante :

En principio, y para una orientación general, nadie está obligado a permanecer en la Comunidad hereditaria que ustedes mantienen, pudiendo pedir siempre la división de la misma. Esa división se realiza adjudicando la propiedad o bien vendiéndola a un tercero. Con esto quiero indicarle que ese heredero no puede impedir que ustedes vendan la propiedad, ni puede obligarles a que se mantenga la indivisión del bien.

Ahora bien, no facilita usted detalles que son de importancia para una respuesta precisa, como es conocer el dato de si ya se ha adjudicado la herencia y ustedes han resultados copropietarios de la finca, o la misma aún no se ha realizado. En ambos casos, cabe el procedimiento judicial correspondiente para solucionar su tema : o bien acudiendo a un JuicioVoluntario de Testamentaria o bien solicitando ante el Juzgado la finalización de esa Comunidad en la propiedad, con la venta de la finca a un tercero o la adjudicación en exclusiva a uno de ustedes, los coherederos y copropietarios.

Para un estudio personalizado de su tema, con consulta presencial si lo necesita, contacte con este despacho de Oviedo :www.wilmadiazalonso.com o bien en el Tfn 609360227 .

Un saludo



Usuario_3578
jueves 19/02/2015 a las 01:36
Muchas gracias por su respuesta! Consultare a la otra parte para ver si emprendemos acciones legales..un saludo
Respuesta #3
Respuesta del despacho VICENTE & MATANZA Asesores y Consultores
C/ Duque de la Victoria, 13 - 2º B - 47001 Valladolid (Valladolid)
Juan Vicente de Pedro
martes 17/02/2015 a las 10:47
Si una parte no quiere vender, no se le puede obligar a ello, pero tampoco quienes quieran vender pueden ser obligados a tener una copropiedad de manera indefinida. En estos casos, lo que se suele hacer es instar un procedimiento de división de cosa común. Es un procedimiento judicial por el cual, si no se llega a un acuerdo, se acuerda que la vivienda salga a pública subasta y se vende al mejor postor.

Un saludo y quedamos a su disposición para un asesoramiento más personalizado.
Usuario_3578
jueves 19/02/2015 a las 01:37
Muchas gracias por su respuesta! Consultare a la otra parte para ver si emprendemos acciones legales..un saludo
Respuesta #4
Respuesta del despacho Florina García y Asociados
Urdía 19,Entlo.izda - 33003 Oviedo (Asturias)
Florina García González
miércoles 18/02/2015 a las 12:25
En principio se trata de una copropiedad y nadie esta obligado a permanecer en ella, por ello si no hay acuerdo entre los copropietarios hay que dividir la cosa común, y uno de ellos podrá quedarse con ella y si nadie la quiere saldrá a pública subasta. Ahora bien ,dado que estamos ante un bien que proviene de una herencia habrá que abrir un procedimiento para repartirse la herencia si es que ello no se ha hecho, dicho bien, de ser el único se adjudica a un heredero o se subasta, básicamente la solución es la misma.
Un saludo,
Florina
Usuario_3578
jueves 19/02/2015 a las 01:38
Muchas gracias por su respuesta! Consultare con la otra parte para ver si emprendemos acciones legales...un saludo
Respuesta #5
Respuesta del despacho ABOGADOS ASESORES
GIL DE JAZ, 9. ENTRESUELO POSTERIOR DERECHO - 33004 OVIEDO (Asturias)
GERMAN LOPEZ IGLESIAS
martes 24/02/2015 a las 13:05
Principio general en esta materia: nadie está obligado a permanecer en la indivisión.

Para más información y consultas, contacte con nuestro Despacho en Oviedo.

Gracias
Respuesta #6
Respuesta del despacho Mingorance, Mier y Villalobos, Abogados
Plus Ultra nº 8-8º - 21001 Huelva (Huelva)
Angel Ramirez Villalobos
domingo 1/03/2015 a las 09:17
Si finalmente se decide a interponer acciones judiciales por las vías ya expuestas en otras respuestas de esta página, indicarle que disponemos de despacho en Gijón, Marques de San Esteban 8, 1° izquierda (Bufete Rivero&Sáez), donde quedamos a su disposición para cualquier consulta sin compromiso. Llámenos y consulte una cita conmigo al 985172194.
Sólo las gestorías, asesorías y profesionales registrados pueden responder a estas consultas. .
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